Hay personas que todavía firman sin leer antes el contrato. Los motivos suelen ser variados, desde la prisa por firmar hasta el miedo a parecer desconfiado/a si nos paramos a leerlo. Pero tenemos que tener clara una cosa: lo que firmes, no tendrá vuelta atrás, y no es que no nos fiemos de la empresa que nos contrata, es que errores podemos cometer todos y en la redacción del mismo puede haber fallos. Evitemos cualquier problema o susto y no olvidemos que no está de más el revisar donde estampamos nuestra firma…
¿Qué aspectos deberemos revisar a la hora de firmar nuestro contrato?
- Datos personales: insisto, a todos se nos puede ir la mano, por eso no está de más revisar que nuestros datos personales están correctamente reflejados en nuestro contrato: nombre y apellidos, DNI, número de la Seguridad Social… todo ello no cuesta nada comprobarlo y si hay algún error lo detectaremos enseguida, de hecho nos lo agradecerán desde el departamento d Recursos Humanos de la empresa.
- Tipo de puesto, categoría, jornada y duración del contrato: en cada contrato tiene que estar reflejado el puesto concreto que vayas a desempeñar, la categoría que corresponde y la jornada laboral, siendo a tiempo completo o parcial y especificando las horas totales y la distribución del tiempo. Si el contrato es indefinido no se señala fecha de fin, pero en los demás se suele indicar tanto la fecha de inicio como la de fin. En los contratos por obra o servicio por lo general no se suele indicar fecha concreta de fin, pues va vinculada al servicio por el que se ha contratado a la persona. Si tienes cualquier duda en este punto es bueno manifestarla antes de firmar.
- Período de prueba y convenio colectivo de referencia: es interesante saber qué período de prueba tienes, pues durante ese período inicial la empresa puede rescindir tu contrato sin que tenga necesidad de indemnizarte pero sí la obligación de pagarte el periodo trabajado al igual que estar dado de alta en la seguridad social. La duración del período de prueba varía, por lo general será de seis meses para los técnicos titulados y de dos meses para el resto de los trabajadores, pero hay excepciones, como por ejemplo en el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, que será siempre de un año. En cuanto al convenio colectivo, es fundamental saber cuál es al que se acoge tu contrato, pues ese convenio marcará tu retribución salarial, vacaciones, etc. Para ver las condiciones concretas del convenio te recomiendo que consultes la página web del Gobierno de Aragón en el apartado de Economía y Empleo, punto de Información laboral.
No incido en el salario y las vacaciones pues en los contratos se suele señalar Según Convenio, por eso es tan importante conocer el convenio de referencia. - Tipo de contrato y cláusulas adicionales: se deberá señalar el tipo de contrato que te hacen. Hay cuatro tipologías: indefinido, temporal, de formación y aprendizaje y en prácticas. Dentro de los contratos indefinidos y temporales hay muchos y variados (de garantía juvenil, personas con discapacidad o de apoyo a los emprendedores en el primer caso o de obra y servicio, eventual, interinidad o de relevo en el segundo) Para ver las condiciones específicas de tu contrato lo más recomendable es que consultes la guía del SEPE o la Guía Laboral del Ministerio de Empleo.
En cuanto a las cláusulas adicionales, son específicas para cada empresa, pueden ir desde indicaciones relativas a la prevención de riesgos laborales hasta la confidencialidad, movilidad funcional, etc. Es importante que las leas y las tengas claras.
Sobre todo, cualquier duda que tengas, coméntala en el momento de la firma, es mejor subsanar un error antes de enviar el contrato al registro que después. Y sobre todo, no tengas miedo a invertir tiempo leyendo tu contrato, estás en tu derecho. No olvides tampoco que la empresa tiene la obligación de darte tu copia del contrato, así que si no te la dan, pídela (da un margen de unos 10 – 20 días para que tengan la copia registrada en el servicio de empleo)
Os dejamos la intervención en Ésta es la nuestra de Aragón Radio donde hemos hablado con Javier de Sola y Ainara Güerri sobre este mismo tema.

Podcast de Ventanas de Oportunidad 16/06/2015
Programa Ésta es la Nuestra
Imagen http://photopin.com/free-photos/playmobil
Reblogueó esto en ¿Sin trabajo? Pues me caso.
Reblogueó esto en Cursos -> prácticas -> trabajo.
Es cierto que, a pesar de toda la información disponible y de toda la formación y orientación ya impartida, hay personas que firman contratos sin leer o, las que me resultan más dolorosas, realizan días de prueba no pagados (o comienzan a trabajar sin ningún acuerdo firmado) y firman los fines de contrato sin revisar finiquitos o con el 0.00€.
Puedo hablaros del caso de compañeros en un hotel que firmaban sus finiquitos con saldo cero y, a pesar de advertirles que tenían derecho a ello aunque fuera baja voluntaria, no cobrarlos.
Muy buen post, recogéis los datos más relevantes a tener en cuenta.
Saludos.
Gracias Yolanda! La verdad es que leer un contrato es importante, no por desconfiar, sino por confirmar que todo es correcto. Un saludo!